En el marco de la supervisión de las obligaciones digitales en el deporte nacional, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno notificó de manera oficial la imposición de una sanción económica por 42 millones 849 mil 95 pesos a la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A.C. (FMF). La determinación legal, fundamentada en el Comunicado número 078 de la dependencia federal, obedece a infracciones relativas al tratamiento inadecuado de datos biométricos de los usuarios que acceden a los recintos deportivos mediante el sistema informático denominado "FAN ID".
Las irregularidades acreditadas en la gestión de registros biométricos
De acuerdo con la resolución administrativa emitida por la autoridad reguladora, la institución incurrió en dos omisiones principales que transgreden la legislación vigente en materia de protección de datos en posesión de particulares. En primer término, se resolvió que el aviso de privacidad de la plataforma digital no precisaba con la suficiente claridad que las fotografías recolectadas representan datos personales sensibles, privando a los usuarios de la posibilidad de dimensionar y decidir de manera plenamente informada el alcance normativo y el uso final de su información personal.
Asimismo, la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno resolvió que la Federación no recabó de manera adecuada el consentimiento expreso y por escrito exigido por la ley para el manejo de componentes de índole sensible. La resolución aclara que el mecanismo empleado en el sitio web consistía únicamente en el marcado automatizado de una casilla digital, prescindiendo del uso de una firma autógrafa, firma electrónica avanzada o cualquier otro dispositivo idóneo de autenticación que permitiera verificar de forma inequívoca la manifestación de voluntad por parte del titular.
Establecimiento de la sanción y recursos ordinarios de defensa
La cuantificación del monto sancionatorio consideró criterios técnicos específicos detallados por la propia autoridad pública, incluyendo la gravedad inherente a los hechos constitutivos de la infracción, la naturaleza sensible de la recolección de los datos biométricos de los aficionados y la capacidad económica actual de la asociación civil, referenciada en su declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal 2024.
En estricto apego al marco constitucional y las garantías procesales del sistema jurídico mexicano, la Secretaría de Estado puntualizó que la Federación Mexicana de Fútbol conserva la facultad reglamentaria de impugnar la presente resolución administrativa mediante los medios de defensa ordinarios previstos por la normatividad aplicable. Frente a un eventual recurso, la autoridad del Gobierno Federal manifestó que procederá a sostener la validez de su actuación institucional en beneficio del resguardo de los derechos de la ciudadanía.